Caso real · Ulea (Murcia)
Este trabajo empezó varios años antes. En 2023 se había medido la finca con GNSS RTK y se había preparado la documentación para su coordinación gráfica. El problema era que una parte importante del perímetro lindaba con dos carreteras estatales y en aquel momento no se disponía de la línea oficial del Dominio Público.
En 2026 llegó esa información. La Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia fijó oficialmente el límite correspondiente a la A-30 y a la N-301 y lo facilitó en plano y archivo CAD/DXF. A partir de ahí hubo que recuperar el trabajo anterior, incorporar esa línea oficial y rehacer la representación gráfica para que la finca quedara ajustada a una referencia administrativa que antes no existía en el expediente.
La situación de partida
En 2023 la parcela se midió con equipo GNSS RTK y se obtuvo una superficie de 11.356,38 m², frente a los 11.526,56 m² que figuraban en Catastro. La diferencia entonces era relativamente pequeña: 170,18 m², un 1,4764 %.
Qué cambió en 2026
La Demarcación de Carreteras del Estado estudió la finca dentro del expediente MUR-RPC-25-121 y determinó el límite del Dominio Público respecto de la A-30 y la N-301. La delimitación fue entregada en un plano fechado el 2 de septiembre de 2026 y, además, en formato CAD/DXF.
Ese archivo permitió trabajar ya con una línea oficial y no con una aproximación. Se superpuso sobre el levantamiento de 2023 y se sustituyeron únicamente los tramos del perímetro afectados por las carreteras, manteniendo el criterio técnico anterior en el resto de la finca.
Antes y después de incorporar el Dominio Público
Esquemas anonimizados: se ha mantenido la lógica geométrica del trabajo, pero se han eliminado coordenadas, referencia catastral, CRU y cualquier dato que permita localizar exactamente la finca.
El resultado cambió bastante
Una vez incorporada la delimitación oficial, la superficie resultante pasó a ser de 10.352,96 m², con un perímetro de 562,29 m. La reducción respecto de la medición de 2023 fue de 1.003,42 m², equivalente al 8,8357 %.
Frente a Catastro, la diferencia final quedó en 1.173,60 m², un 10,1817 %.
La nueva RGA necesitó ajustar más parcelas
Para conseguir una validación positiva no bastaba con modificar únicamente la finca principal. Al mover una geometría dentro del parcelario aparecían huecos o solapes con otras parcelas, por lo que fue necesario reconstruir también las partes afectadas de cuatro geometrías colindantes.
Estas parcelas se incorporaron únicamente para cerrar correctamente el conjunto y permitir la validación. No se consideraron mediciones integrales de esas fincas ni una definición completa de todos sus linderos.
Nuevo GML e IVGC positivo
Con la geometría ya adaptada se generó una nueva Representación Gráfica Alternativa y los archivos GML necesarios. El Informe de Validación Gráfica obtuvo resultado positivo como operación de subsanación y Catastro expresó la superficie resultante de la finca como 10.353 m² por redondeo.
El IVGC positivo acredita que la propuesta es técnicamente compatible con el parcelario catastral, pero no sustituye la posterior tramitación ante Catastro o Registro de la Propiedad.
Documentación preparada
- Recuperación y revisión del levantamiento GNSS RTK realizado en 2023.
- Incorporación del límite oficial de Dominio Público de la A-30 y la N-301.
- Adaptación de la geometría de la finca a la línea facilitada por Carreteras.
- Planos actualizados sobre cartografía catastral y ortofotografía PNOA 2025.
- Listado de coordenadas ETRS89 / UTM Huso 30N del perímetro resultante.
- Representación Gráfica Alternativa.
- Nuevos archivos GML.
- IVGC positivo como operación de subsanación.
- Informe técnico actualizado y visado.
La actualización técnica quedó terminada, incluyendo planos, GML, RGA e IVGC positivo. La documentación quedó preparada para tramitar la subsanación catastral y continuar después la coordinación gráfica con el Registro de la Propiedad. No se presenta como coordinación registral finalizada mientras no exista constancia de su inscripción.
Qué demuestra este caso
Una medición topográfica puede estar correctamente realizada y, aun así, necesitar una actualización años después si aparece nueva información oficial. Aquí no hubo que “corregir una medición mal hecha”, sino incorporar una delimitación administrativa que en 2023 todavía no estaba disponible.
También demuestra por qué conviene conservar bien los levantamientos y expedientes anteriores: poder recuperar la medición original permitió adaptar el trabajo sin empezar de cero y mantener el mismo criterio técnico en todos los tramos que no habían cambiado.
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